Agencia: Departamento de Transporte, Administración Federal de Ferrocarriles

Esta norma modifica las regulaciones sobre el mecanismo de tracción y las unidades de amortiguación en el extremo del vagón (EOCC) de los vagones de carga para hacer permanente la exención que se otorga actualmente mediante una dispensa. Las enmiendas permitirán que un vagón de carga permanezca en servicio si la EOCC está operativa y equipada con un indicador de estado de la unidad (UCI) que señale que la EOCC no está descargada. Este cambio permitirá que dichas EOCC permanezcan en servicio a pesar de la presencia de gotas de aceite claramente formadas en la unidad. Las enmiendas mantienen el requisito de reparar o reemplazar una EOCC con gotas de aceite claramente formadas si la unidad no dispone de un UCI.